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Broker De Forex

Renta 2017 Forex y Cfds

Me han llegado algunas consultas respecto a la Renta 2017, para saber como realizar la declaración de las ganancias y pérdidas patrimoniales, derivadas del Trading en Forex y con Cfds.
Primero decir que los Cfds-Forex, suelen ser lo mismo. Los pequeños traders, solemos operar con Cfds sobre Forex, entonces toda la literatura que veas sobre Cfds es aplicable al Forex.
Quiero quitar cierto dramatismo al tema de hacer la declaración de la Renta, no es tan problemático como se nos hace ver, y si hay cualquier error no nos van a meter un puro, como pasa en las pelis americanas.
Siempre que tratamos el tema de “Hacienda”, es como si viniera el coco. Si hay algo mal, pues que lo revisen, nos digan lo que tenemos que hacer, y se hace…no pasa nada.
Esto en términos generales, y actuando de buena fe. Si intentas defraudar, es lógico que al final te pillen, y entonces si te metan un puro del 15.renta 2017 forex y cfds

Tributación del Forex y los Cfds

Las ganancias y pérdidas obtenidas con el Trading de Forex y con Cfds sobre índices, acciones o cualquier otro subyacente, se consideran ganancias y pérdidas patrimoniales, que hay que declarar en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Renta 2017.
Las ganancias y pérdidas patrimoniales, están grabadas por tramos. Según la ganancia obtenida, pagarás más o menos, siguiendo esta tabla:
De 0 a 6.000€ pagarás un 19%
De 6.000 a 50.000 un 21%
y si son más de 50.000 un 23%
Te pueden parecer muchos impuestos, pero estos años los han ido bajando paulatinamente.
También podemos deducir los gastos y comisiones, en los que hemos incurrido para obtener estas ganancias. Por ejemplo, si tu Broker te cobra algún porcentaje por la operativa, sin embargo los intereses que pagas por mantener una posición abierta (rollover) no deberías computarlos, pero si los que te pagan por la misma situación. Un poco incomprensible, pero es la ley.

Casilla de la declaración para el Forex y Opciones Binarias, Renta 2017

Todos los derivados financieros, van a la misma casilla. Tanto si es Forex, Cfds, Futuros, Opciones Binarias u Opciones Financieras (te adjunto un ejemplo de movimiento con Venta de Opciones Put).
Nos tenemos que dirigir a la página 10: Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales.
Como las ganancias del Forex, no son elementos patrimoniales como las acciones, hay un apartado específico para todo lo que son derivados financieros: Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de “otros elementos patrimoniales”. Esta sección la puedes encontrar en la página 10 (II) de la Declaración del Impuesto sobre la Renta 2016, que hacemos este año, 2017.renta 2017 forex y cfds casilla 305, para declarar ganancias y pérdidas forex
Cada movimiento que añadimos, es un “alta de elemento patrimonial”. Y tenemos que pinchar en la casilla 305, para elegir que tipo de elemento patrimonial vamos a incluir.
Al acceder a la casilla, nos saldrá un desplegable, en el que elegimos el apartado 5, “Otros elementos patrimoniales no afectos a actividades económicas”.renta 2017 forex y cfds otros elementos patrimoniales no afectos a actividades económicas
A continuación, procederíamos a dar de alta el movimiento.
En teoría, deberíamos hacer esta operación para cada movimiento realizado. Lógicamente, cuando hemos hecho 2.000 operaciones en un año, esto es totalmente imposible.renta 2017 forex y cfds, ejemplo opciones binarias
La ley, prevé esta situación, y los movimientos se pueden agrupar.
Deberías poner en este caso, la fecha del último movimiento, el total de todas las operaciones cerradas (valor de transmisión) y en fecha de adquisición, la fecha de la primera operación, con el valor de adquisición del total de compras realizadas.
Hace poco un lector me preguntaba exactamente por el proceso, te cuento:
En valor de transmisión, debes sumar todos los cierres de posiciones largas, “más”, las aperturas de las posiciones cortas, ya que en este caso estamos vendiendo antes de comprar.
En el valor de adquisición, tenemos que poner el valor de todas las compras de posiciones largas, y el valor de cierre de las posiciones cortas, que es realmente al que hemos adquirido.
Las operaciones que al 31/12/2016 no estuvieran cerradas, no computan. Las tendrás que declarar el año que viene.
Espero que esta pequeña aclaración sobre como declarar el Forex en la  Renta 2017, te ayude a completar tu declaración, aunque por seguridad te tengo que decir, que “no soy ningún asesor financiero”, y que “no estoy autorizado a dar consejos”, sólo te cuento como relleno yo mi declaración del IRPF, si tienes cualquier duda y el dinero que te juegas es importante, te sugiero que te dirijas a un profesional.

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Los comentarios están cerrados.

Comentarios (56)

Hola,

En mi caso, tuve pérdidas en 2016. Y mi bróker me ha enviado un “statement” (diría yo historial) con todas las operaciones. Tengo el total de pérdidas. ¿Me sirve ponerlo de alguna forma así? La verdad es que estoy un poco liada. Y no me aparece dividido en compras y ventas, aunque yo me puedo hacer el cálculo.

Gracias por tu ayuda.

Hola Patricia.
Eso es lo que deberías hacer, sumar el total de adquisiciones y el total de ventas, añadirlo en las casillas y te tiene que dar el resultante de tus pérdidas.
Creo que el programa no deja meter directamente números negativos. He terminado mi declaración (afortunadamente he tenido beneficios) y no he caído en la cuenta de intentar poner una cifra negativa, a ver si el programa la tomaba.
Si te dejara poner sólo el resultado, pues pondrías en adquisición 0 y en transmisión el número negativo y a correr. Pero si no te deja, vas a tener que meter los totales.
Un abrazo.

Patricia, para que te de negativa tienes que poner en valor de transmisión (0€) y en valor de adquisición el importe de las pérdidas, la forma de comprobarlo es que cuando son pérdidas se refleja en las casillas 315, 316; en la 332 ves el”acumulado de pérdidas si es que has operado en más de una cuenta de trading ya que se deben reflejar por separado, las ganancias se reflejan en las casillas 326, 327 y el total de ganancias en la 333.

Muchas gracias por tus aclaraciones Andres.
Un abrazo.

Hola,
No entiendo muy bien el significado de ‘valor de transmisión’ y ‘valor de adquisición’. ¿Es posible sumar por un lado la cantidad de dinero invertida para realizar las operaciones y por otro lado, el beneficio total obtenido en dichas operaciones?
Por ejemplo, si el año pasado invertí 1000€ y obtuve unas ganancias totales de 800€ (por lo tanto 200€ en pérdidas) ¿es esto lo que hay que plasmar en las casillas?

Muchas gracias.

Hola Martina
El valor de adquisición, es como se llama en la declaración de la renta, al valor de compra. El valor de transmisión, es el valor de venta.
Puedes poner el valor total de tus compras, y el valor total de tus ventas, lo que te dará el resultado…positivo o negativo.
En tu caso, sería valor de adquisición 1.000, valor de transmisión 800, resultado, 200 de pérdidas.
Un abrazo.

Gracias por tu respuesta Miguel..
Entonces, se podría decir que el valor de adquisición y transmisión es en definitiva, el dinero saliente y entrante respectivamente en tu cuenta bancaria derivado de las operaciones en trading?

Y en cuanto a las fechas…. ¿se refiere a la primera fecha de salida de tu dinero para realizar las operaciones y a la última fecha en la que llegaron los benefeicios a tu cuenta? o por el contrario, son las fechas de inicio y fin de las operaciones en trading?

Estoy hecha un lío! espero que puedas responderme. Muchas gracias.
Saludos.

Hola Martina.
Cuando agrupas movimientos, pon la fecha del primer movimiento, y la fecha del último movimiento que cierre operaciones. Las operaciones abiertas no las tienes que tener en cuenta.
Valor de adquisición, pues es el precio de compra. Vamos a poner un ejemplo sencillo: compra de 100 Cfds telefónica a 10€ sería precio de adquisición (compra) 1.000 euros.
Venta de esos mismos Cfds a 11€, 100×11= 1.100€ que será el valor de transmisión (venta).
Para las fechas pondríamos fecha de adquisición o compra, la del primer movimiento, y venta la del último.
Imagina que has hecho varias operaciones, eur-usd, telefónica, gbp-usd…etc. Empezaste el día 2 de enero. Deberías sumar todos los precios de compra, realizados durante el año, y todos los precios que correspondan a la venta de esas posiciones. Imagina que la última la cerraste el 29 de diciembre, pues pondríamos fecha de transmisión, el 29 de diciembre.
Total compra o adquisición, la que corresponda a todos los movimientos.
Total venta o transmisión, la que corresponda al total de todos los movimientos.
Pregunta lo que quieras, no te quedes con dudas.
Un abrazo Martina.

Muchísimas gracias Miguel. Creo que ya lo voy entendiendo.
Para asegurarme del todo y si no es mucha molestia, me gustaría que echaras un vistazo a este pantallazo:
http://fotos.subefotos.com/db7f415405737370eb5b91a6890bf294o.jpg

Supongamos que estas son todas las operaciones que he realizado en 2016. Por lo tanto…

Fecha de transmisión: 06/12/2016
Fecha de adquisición: 24/11/2016
¿Es correcto? Ahora la duda es ¿el valor de transmisión a qué suma corresponde, a la suma de todos los ”valores de vencimiento”?
¿y el valor de adquisición, es la suma de la columna ‘valor’?

Hasta aquí todas mis dudas. Espero que puedas resolverlas y disculpa las molestias.
Muchas gracias!!

Hola Martina.
Las fechas que mencionas son correctas.
Para que no te líes.
1. Si tienes pérdidas, en valor de “transmisión”, pones 0 y en el valor de “adquisición” el valor de tu pérdida. Como estás vendiendo a valor cero, lo que compraste por ejemplo a 100€, has perdido 100€.
2. Si tienes beneficios, pones en valor de “adquisición” 0 y en valor de “transmisión” el beneficio que hayas generado. Al vender por ejemplo por 100€, lo que te costó 0€, has ganado 100€.
Un abrazo.

Muchas gracias Miguel! Todo aclarado.
Un saludo.

Muchas gracias!!!!!

Muchas gracias!!!!!

Mil gracias!!!!!

Hola Miguel.

Estoy leyendo y releyendo el post y no me acabo de enterar. No entiendo nada de fiscalidad y además algunos de los términos que utilizas no los comprendo tampoco, por lo que no veo como adaptarlos a mi caso. Te explico mis circunstancias por si me pudieses ayudar un poco:

Yo sólo opero forex. Soy scalper por lo que tengo cientos y cientos y cientos de operaciones. Están debidamente documentadas por los documentos aportados por mis brokers, pero no ordenados por ventas y compras, sino por fecha de apertura. Al ser scalper pago ingentes cantidades de comisiones y swaps.Me surgen estas dudas:
-¿Cómo trato o donde coloco estas comisiones y swaps?
-¿En serio tengo que separar y calcular una a una todas las operaciones separandolas en compras y ventas?
-Tampoco me queda claro si los gastos de las operaciones se desgravan completamente o en algún porcentaje concreto.

Gracias por adelantado y un saludo.

Hola Eloy
No necesitas separar comisiones y swaps, son parte de la operación, lo único que hay que declarar son los beneficios o las pérdidas.
Puedes agrupar todos los movimientos, puedes poner simplemente el resultado. Si has tenido beneficios, puedes poner compra en valor 0 y ventas, el resultado.
En caso de pérdidas lo contrario, compra por valor X, y venta en valor 0.
Así de sencillo.
Un abrazo.

Ok, entonces entiendo que de donde realmente se descuentan las comisiones es sobre el valor bruto, de tal forma que al final tributas tu por el neto, que es tu ganancia y el broker tributará por las comisiones, que son sus ganancias, no?

Otra pregunta más: que puede ocurrir si un año no se declaran las ganancias para hacerlo todo junto al año siguiente? Hablando de que el broker es extrangero y no debería haber comunicación entre el y la agencia tributaria mientras yo no declare nada… He de suponer que al declarar el segundo año ya si tienen conocimiento de todas las operaciones y pueden ver que no se corresponden al periodo indicado? En tal caso, debo entender que enviarian una propuesta de autoliquidación incluyendo gastos de demora, no?

Muchas gracias y un abrazo.

Hola Eloy
Si un año no haces la declaración, yo no la incluiría en el siguiente. Esta información es bastante opaca para Hacienda, no tiene forma de verla a menos que pida al Broker directamente que le de la información.
Imagino que para pequeñas cuentas, ni se molesta.
Declarar o no, es una cuestión personal.
En cuanto a la declaración siempre es sobre el neto, descontando las comisiones.
Un abrazo.

Hola,

no encuentro dónde se tendría que poner el CIF del broker (aunque la mayoría son ingleses).. ¿Esto es así? ¿Con poner los importes, ya estaría?.

Un saludo.

Hola Mario
Con poner los importes es suficiente.
Un abrazo.

Buenos Dias Miguel
El desglose resumen que me han enviado a mie stá en dólares.
En la declaración lo debo de poner a Euros?Si es asi, que cambio escojo para el cambio de divisias?El que que haya el dia que presente la declaracion’
Mucha sgracias

Hola David
Perdona que no te haya contestado antes. Aunque esté en dólares, los beneficios o pérdidas los habrás tenido en euros. Mira como te fue, y pon los beneficios que tuviste en euros.
Si haces el cambio actual, puede ser menor o mayor del que en su momento tuviste.
Un abrazo.

Hola Miguel,

Aunque ya realicé la declaración, ahora me vinieron unas dudas. En resumidas cuentas, entiendo que declaras los beneficios o pérdidas que obtengas, independientemente de que sean retirados a tu cuenta bancaria, porque supongo que muchos igual que yo reinvertirán los beneficios para subir de lotes etc.

Supongamos que el año pasado tuviera beneficios, pero no los retiro. Y este año tuviera pérdidas y esos beneficios los hayas perdido reinvirtiendo. El dinero del año pasado nunca llegó a mi cuenta bancaria de España pero yo lo he declarado. No entiendo muy bien por qué hay que declararlo. ¿Me lo podrías aclarar, si lo sabes?

Todo esto sin tener en cuenta los intereses que te cobran para hacer los retiros, que no bajan del 4% si quieres que el dinero llegue a tu cuenta bancaria y no a una cuenta virtual, tipo skrill.

Gracias de antemano por tu paciencia. Saludos,

Patrix

Hola Patrix
Los beneficios están, si los retiras o no es cosa tuya. Si este año tuvieras pérdidas las puedes declarar, y creo (no estoy seguro del todo) que las puedes amortizar con los beneficios de años posteriores.
Imagina que el año pasado tuviste pérdidas, y este beneficios. Puedes reducir lo que vas a pagar, restando tus pérdidas pasadas.
No se muy bien cual es el proceso, pero hasta hace poco si se podía hacer.
Los gastos que tengas dentro del broker los puedes contabilizar totalmente, por ejemplo, los gastos de la operativa, incluso los gastos de retirar dinero a tu cuenta.
Un abrazo.

Ok. No sabía que también se podían contabilizar los gastos hacia mi cuenta bancaria. Genial. Muchas gracias por tu ayuda.

Buenas tardes, Antes de nada agradecerte que hayas publicado toda esta información, que resulta muy útil.
Tengo una pregunta para tí.
Yo trabajo con un broker extranjero de FOREX con una cuenta PAMM gestionada asociada a una cuenta maestra. Tengo miles de movimientos cada año, y me surge una duda a la hora de hacer la declaración.
La manera en la que lo he estado haciendo hasta ahora es tomar el Balance en cuenta a 1 de Enero, el Balance a 31 de Diciembre y restar (sin tener en cuenta si era operaciones de compra o venta).
¿Sería también correcto hacerlo así? Endiendo que el resultado debería ser el mismo.

El problema que tengo este año es que hay bastantes pérdidas latentes en posiciones abiertas y el Equity de la cuenta es muy inferior al Balance en cuenta. Por eso no sé qué debería tener en cuenta a la hora de hacer la declaración el año que viene (si el Balance o el Equity).

Muchas gracias por adelantado.

Hola Harry
Tienen que ser operaciones cerradas. Las abiertas aún tienen la opción de terminar en positivo.
En cuanto a como declarar, lo haces correctamente. Hay que tomar la posición el 1 de enero y la del 31 de diciembre, restamos y declaramos ganancias o pérdidas…siempre operaciones cerradas. No hay que separar comisiones, todo junto.
Un abrazo.

Muchisimas gracias por la respuesta. Un abrazo

Hola Miguel.

Yo tengo una duda nueva en este foro. Desde enero de 2017 me dedico al trading de criptomonedas. Tengo miles de operaciones en dos casa de cambio diferentes. Una de ellas tiene sede fuera de Europa pero usa bancos europeos al pasar mis criptos a divisa €. La otra está en la islas vírgenes Británicas. Si conoces algo del tema habrás oído gente que con poco capital ha aumentado mucho. Nunca he retirado divisa € a mi banco español. He decidido regularlo de la mejor manera en 2018 pese a que tengo mis dudas de que hacienda encontrase mis fondos. Ha que tener en cuenta que soy joven y jamás he realizado la declaración… tengo varias dudas:

-Cuando rellene la declaración por el método FIFO ( total de admisión – total de adquisición), puede hacienda hacerme justificar el capital inicial? Me va a ser imposible ya que muchas de las criptomonedas que he operado este año se compraron hace mucho tiempo a precios de risa y de aquella manera… no había otra forma.

-En el caso de que me dijesen “necesitamos una justificación del capital inicial” y no pueda hacerlo, cual sería la mejor solución?

-Tan sencillo es declarar estas cosas? lo digo porque me parece surrealista poner todas mis compras y todas mis ventas, y ale, como si nada. No dudo de tu información. Me refiero que en este caso me sorprende la ingenuidad del estado. Imaginemos que no hago una sola operación, me invento los datos y el broker el cual digo que uso jamás facilita info… pdrí blanquear millones de una manera muy simple. No piden una hoja de cálculo detallada con las operaciones mas los retiros y los ingresos?

Gracias de antemano. Quizás me surjan mas dudas…

Olvidé si tengo que presentar el modelo 720 y el 232…

Hola Sergio
Perdona que no te haya contestado antes, pero ando algo liado.
Si..como dices parece que se la podemos dar al Estado en cualquier momento y sobre el papel es posible. Cuando utilizas un Broker que no es español, no tienen la obligación de pasar información al Estado español y no la dan.
Tus operaciones fuera de España no existen, salvo que tu las declares.
Mañana te vas del país, y aquí paz y mañana gloria….
Pero claro, si te quieres traer la pasta que has ganado y disfrutarla, tendrás que decir de donde viene, y es donde el estado si te puede controlar.
Es así de sencillo de declarar, este es el importe de mis operaciones de compra, y este el de las ventas, tanto he ganado, tanto pago.
Si tienes alguna duda, consulta con un asesor fiscal, aunque en la mayoría de los casos, les hablas de Trading, criptodivisas o temas similares y es como si hubieran visto un marciano.
Aún hay poca cultura financiera en nuestro país. A algunos les sacas de los depósitos, los planes de jubilación o como mucho, las acciones y se pierden.
En cuanto a lo que comentas, no te van a pedir justificación (no se de ningún caso) del capital inicial, lo que quieren es que pagues, punto.
Como comentas, puedes haber comprado hace 50 años. Imagina que Buffett venda sus acciones de Coca-cola, creo que lleva con ellas unos 30-40 años…es una situación similar.
Un abrazo.

Hola Miguel.

Llevas toda la razón del mundo con los asesores fiscales… es un festival. Y si encima les hablo de criptodivisas… “cripto que???”. He tirado algunos € en ellos…

Una vez notifique mis operaciones y el operador, este les facilitará toda la información si el estado se la exige o directamente pasan de facilitarla ya que están en el extranjero y hacen oídos sordos…? Al ser uno de ellos de USA pero con banco alemán (por el tema de los €) tengo mis dudas.

También tengo dudas sobre el modelo 720 (capital fuera de España) y el modelo 232 (operaciones en paraísos fiscales). Este último es nuevo. Por cierto, en este tema los “fiscalistas” también son de traca… cada uno dice una cosa diferente.

Me alegra leer una opinión mas práctica. Gracias por todo.

Hola Miguel.
Muchísimas gracias por el artículo, porque está realmente bien explicado todo.
Me queda una duda, y es que tenía entendido que los gastos del broker era deducibles, incluidos spreads, swaps y comisiones. Estos gastos, para quien hace operaciones intradía, pueden ser enormes. Sin embargo, como le has contestado a Eloy, sólo debemos declarar el importe neto de las operaciones.
Ej.: ingreso 1000€ en un broker, al final de año tengo un beneficio neto de 100€. debería poner “adquisición: 0” y “transmisión 100”. Pero a lo mejor, para obtener esos 100 € de beneficio he pagado en total unos 500€ en comisiones. Esos 500 € que no aparecen en el balance neto ¿no se declaran de ninguna forma?.

Hola Chou
Siento que no haya quedado claro, creo que si lo he dicho, los gastos si hay que tenerlos en cuenta.
En el ejemplo que pones, podría ser que tuvieras que declarar pérdidas, en vez de beneficios.
Un abrazo.

Gracias por tu respuesta, y por la rapidez Miguel!

Si, estaba totalmente claro, pero en los informes que he visto de operaciones en brokers nunca aparecen reflejados los spreads, por ejemplo… y si son un gasto muy grande, sobre todo en scalping con muchas operaciones al día.
En el ejemplo que te puse, tendría que pedirle al broker un “justificante” o “factura” para saber cuánto había pagado a lo largo del año en spreads (imaginemos los 500 €), y aunque mi beneficio al final del año hubieran sido esos 100 € positivos, en mi declaración tendría que poner “adquisición: 400” y “transmisión 0” (100 € de beneficio-500€ de gastos)

Disculpa la ignorancia…. pero es que para los que somos nuevos en esto….sorprende que teniendo un resultado positivo de trading… se pueda declarar pérdida!.

Un saludo!

Hola Chou
Normalmente el Broker ya te da el resultado descontando los spreads. Si te dice que has ganando 100€, son limpios descontando cualquier comisión.
Sin embargo hay comisiones “ocultas”, como son las de enviar o recibir dinero, que esas las puedes descontar.
Un abrazo.

Hola Miguel.
Segun he leido las operaciones que se quedan abiertas a 31-12 no hay que tenerlas en cuenta en la renta del año que viene, pero he leido esta consulta vinculante:

Consulta vinculante V2076-07 a la Dirección General de Tributos (DGT). Cada liquidación diaria supone una operación unitaria que hay que incluir en la renta del año siguiente
Cada liquidación diaria es una alteración patrimonial que hay que registrar, independientemente de que después la posición se cierre o permanezca abierta al final del día.

Segun entiendo yo, cada dia se produce un liquidacion y da igual si la posicion está abierta o cerrada. Por lo tanto para la renta del año siguiente hay que tener en cuenta todas las posiciones esten abiertas o cerradas.

Un saludo.

Hola Manuel
Yo nunca lo he hecho así, si consideras que debes hacerlo, adelante. Para mi resulta menos lioso informar de las operaciones cerradas.
Hay que tener en cuenta que la mayoría de los Brokers no informan a Hacienda, y sólo cuentan con lo que nosotros le digamos. Si sólo informas de las operaciones cerradas, esas son las que cuentan para Hacienda.
Si preguntas a la mayoría de los traders, todos suelen informar de las operaciones cerradas, no de las abiertas.
Un abrazo.

Hola Manuel,

gracias por tu información. Quisiera preguntarte si con los CFDs existe la limitación de las acciones de no poder compensarte las pérdidas generadas si recompras el mismo valor en el plazo de dos meses desde que generaste la pérdida.

Gracias y un saludo

Hola Miguel
Los Cfds son un derivado financiero, no hay ningún tipo de compensación como ocurre con las acciones. Tu puedes comprar y vender siempre el mismo activo, con ganancias o con pérdidas.
Un abrazo.

Hola, el año pasado tuve perdidas en los cfds y tengo una duda para la declaracion de la renta. Este es el informe del broker

Resumen Actividad de la Cuenta: 750.00
Ajuste de Precio: -32.34
Coste Mantenimiento Posicion: -75.36
P&G Materializada: -142.30
Pagos: 1,000.00
Saldo Final: 750.00

No se si tengo que poner como perdida 250 (1000 iniciales-750 finales) o solo puedo poner los 142.30

Saludos

Hola compañeros, es mi primer año en CFDs (desde septiembre de 2017) y mi balance total de beneficios es de unos -6000€. Mi broker me hizo realizar operaciones muy bestias, digamos que en beneficios fueron 80000€ y en pérdidas 86000€. Mi pregunta a la hora de hacer la declaración es: me toca tributar a raíz de los 80000€ o tienen en cuenta los 86000 en pérdidas? Estoy bastante preocupado al respecto. Un saludo

Hola Dapere
Tienes que declarar pérdidas, o sea tus 6.000€ de diferencia. Estas pérdidas las puedes compensar durante varios años (creo que son tres…) con beneficios futuros.
Por ejemplo, si durante este año tienes 6.000€ de beneficios (compensando pérdidas del año anterior), no tendrías que pagar nada por ellos, aunque si que hay que declarar todo…
Un abrazo.

Me ha parecido muy bueno y me ha ayudado mucho en la Declaración.

Hola Juan José
Muchas gracias por tu comentario.
Un abrazo.

Hola,
En caso que tenga saldo negativo de operaciones en CFDs pendiente de compensar del año 2016 (Casilla 407 en la declaración del 2016). ¿En que casilla tengo que consignarlo?
Muchas gracias por la ayuda.
Un saludo
Anna

Hola Anna
En las casillas 417, 419 o 420. Mira cual se adapta mejor a tu situación.
Un abrazo.

Hola,
Si el broker es fuera de Europa puede existir doble tributación?
Muchas gracias

Hola José Ramón
La doble tributación sólo se produce con las acciones en los dividendos. En los Cfds no ocurre, ya que el Broker no te retienen ningún tipo de dinero de tus beneficios.
La declaración se hace en el país del trader, nada más.
Un abrazo.

Hola Miguel.

En mi caso son todo criptomonedas. Ya me queda claro que se tributa como Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de “otros elementos patrimoniales.
Pero al mirar el programa de renta me surgen dudas.

Solo debo indicar suma de valor de adquisición y suma de valor de transmisión? Es curioso que no te pregunte otros datos básicos como broker y tipo de activo. Por lo que veo, una persona podría decir una cantidad x que no fuese real y blanquear capital. Solo con estos datos supongo que hacienda te dirá: oiga, de donde viene todo esto que usted indica en adquisición y transmisión?

Entiendo que tarde o temprano te llega un requerimiento de hacienda. Es así?

Un saludo y gracias

Hola Andrés
Debes mantener un registro de tus operaciones. Yo llevo muchos años operando y aún estoy por que me pidan datos…pero tienes razón, se podría blanquear dinero.
Imagino que dependerá de que beneficios declares. Si tienes ingresos de 100.000€ y haces operaciones con las que ganas 4.000 o 5.000€, pensarán que es bastante normal.
Si declaras que tienes 100.000€ de ingresos de Trading, es probable que se mosqueen un poco, sobre todo si no estás dado de alta como empresa.
Un abrazo.

Pues has dado en el clavo. Ni tengo otra fuente de ingreso ni estoy dado de alta… y la cantidad que voy a poner es elevada.

Hola. He leido en muchos sitios pero no me aclaro. Mi situacion es la siguiente. No tengo mucho conocimiento de la fiscalidad. Nunca he declarado la renta. He metido 1000euros en un Broker en sede en Malta. Me la jugue tuve suerte y gane 7000euros. Los saque a mi cuenta bancaria en España. Tengo que declararlo ? Puedo tener problemas porque vean derepente una transferencia de 7000eur a mi cuenta de algun broker en Malta ? Gracias 🙂

Hola Alberto
Deberías declararlo. Si no lo declaras es posible que no se enteren, ya que el Broker no va a informar a la Hacienda de España, pero siempre existe el riesgo de que lo descubran y te tocaría pagar más.

Un abrazo.

Hola Miguel,

He intentado recolectar la información de los distintos comentarios pero aún así me quedan dudas.
Adjunto una tabla con adquisiciones/ventas por lotes (size) y he intentado realizar el sumatorio según el criterio marcado (“en largo, en corto”) y obtener los valores de transmisión /adquisición.
http://thumbs.subefotos.com/ad070b606520861d9cc93182b7e4a94bo.jpg

EL total obtenido -885,01 no concuerda con las pérdidas reales dado que no tienen en cuenta comisiones….

¿Con qué valores debo tratar a la hora de reflejarlo en la renta?

Muchas gracias de antemano, un saludo.

Hola Chema
Las comisiones de compra se deben sumar, salvo que sean spreads…que entonces viene en el precio de adquisición. Las de venta, se tienen que restar, salvo que sean spread.
Las que no se deben sumar, son las comisiones por roll over, las famosas primas nocturnas en los Cfds. Sin embargo, si cuentan, si estas primas son positivas.
Un abrazo.